Artículo 4. Competencias en materia de tiempo libre educativo infantil y juvenil.
Artículo 4 de la Ley 10/2022, de 23 de diciembre, del tiempo libre educativo para la infancia y la juventud de las Illes Balears. · BOE-A-2023-2979
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2023-01-29.
Texto consolidado
1. Las administraciones públicas de las Illes Balears con competencias en materia de tiempo libre educativo infantil y juvenil son las siguientes:
a) El Gobierno de las Illes Balears.
b) Los consejos insulares.
c) Los ayuntamientos.
2. Las administraciones territoriales mencionadas pueden actuar por medio de los organismos públicos y de las entidades de derecho público o privado vinculados o dependientes para gestionar las políticas, los programas y las acciones en materia de tiempo libre.