Artículo 4. Competencias de la comarca.
Artículo 4 de la Ley 10/2002, de 3 de mayo, de Creación de la Comarca del Bajo Aragón · BOE-A-2002-10793
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2002-05-09.
Texto consolidado
1. La Comarca del Bajo Aragón tendrá a su cargo la ejecución de obras, la prestación de servicios y la gestión de actividades de carácter supramunicipal, cooperando con los municipios que la integran en el cumplimiento de sus fines propios.
2. Asimismo, la Comarca del Bajo Aragón representará los intereses de la población y del territorio comprendido dentro de la delimitación comarcal, en defensa de la solidaridad y del equilibrio dentro del territorio de la Comunidad Autónoma de Aragón.