El Vínculo El Vínculo.
Ley Vigente

Artículo 4. Principios informadores.

Artículo 4 de la Ley 1/2006, de 6 de abril, de mediación familiar de Castilla y León. · BOE-A-2006-7837

Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2006-10-18.

Texto consolidado

Las actuaciones de mediación que se lleven a cabo al amparo de la presente Ley, se basarán en los siguientes principios:

1. Libertad y voluntariedad de las partes en conflicto y de la persona profesional de la mediación para participar en los procedimientos de mediación.

2. Igualdad de las partes en los procedimientos de mediación.

3. Consideración especial de los intereses de los menores, personas con discapacidad y personas mayores dependientes.

4. Confidencialidad y secreto profesional respecto a los datos conocidos en el procedimiento de mediación.

5. Competencia profesional, ética, imparcialidad y neutralidad de la persona mediadora.

6. Intervención cooperativa.

7. Buena fe de las partes en conflicto y de la persona mediadora.

8. Carácter personalísimo del procedimiento, debiendo la persona mediadora y las partes asistir personalmente a las sesiones.

9. Sencillez y celeridad del procedimiento de mediación.

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 2006-10-18.

Más artículos de Ley 1/2006

En El Vínculo puedes leer Ley 1/2006 artículo a artículo, ver qué decía cada precepto en una fecha pasada y preguntarle a la IA sobre su contenido.