Artículo 4. Órganos del Instituto Canario de Calidad Agroalimentaria.
Artículo 4 de la Ley 1/2005, de 22 de abril, de creación del Instituto Canario de Calidad Agroalimentaria. · BOE-A-2005-7614
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2005-04-29.
Texto consolidado
1. Son órganos del Instituto Canario de Calidad Agroalimentaria el Consejo Rector, el Presidente y el Director.
2. Reglamentariamente se establecerá un Consejo Técnico Asesor, formado por técnicos y profesionales de reconocido prestigio, que representen a los sectores y atiendan a la realidad insular, así como otros órganos que resulten necesarios para el eficaz ejercicio de las funciones encomendadas.