Artículo 4. Subvenciones destinadas al sector deportivo.
Artículo 4 del Decreto-ley 1/2021, de 18 de marzo, de medidas urgentes y extraordinarias para el sostenimiento y reactivación de los sectores turístico y deportivo de Castilla y León frente al impacto económico y social de la COVID-19. · BOCL-h-2021-90121
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2021-03-20.
Texto consolidado
Se otorgarán subvenciones para dotar de liquidez a personas o entidades titulares de instalaciones deportivas o escuelas y servicios de perfeccionamiento del deporte que se hayan visto afectados por las medidas adoptadas para la gestión de las crisis ocasionada por la COVID-19.
Los titulares de estos establecimientos pueden ser autónomos o pequeñas, medianas o micro empresas, en los términos en que las define el Reglamento (UE) n.º 651/2014 de la Comisión Europea.
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