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Decreto Legislativo Vigente 4 redacciones

Artículo 4. Cuota.

Artículo 4 del Decreto Legislativo 1/2004, de 9 de julio, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley de Tasas, Precios Públicos y Contribuciones Especiales. · BORM-s-2004-90027

Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2019-01-01.

Texto consolidado

1. Servicios facultativos relacionados con la comprobación sanitaria, saneamiento ganadero y lucha contra ectoparásitos de ganaderías calificadas:

a) Por la revisión anual preceptiva, se aplicará una cuota fija y además una cantidad por cada reproductor:

Cuota fija: 54,748653 €.

Además, por cada reproductor según especie:

– Bovinos: 0,153071 €.

– Porcino: 0,046240 €.

b) Por la concesión de títulos: 4,904673 €.

2. Servicios facultativos relacionados con análisis, dictámenes y peritajes solicitados a instancia del interesado o por aplicación de legislación en materia de epizootías: se aplicará una cantidad variable dependiendo del número de muestras y de las características de las mismas, de acuerdo con las siguientes tarifas:

Según análisis y número de muestras:

De 1 a 5 muestras:

a) Bacteriológicos: 6,307830 €.

b) Serológicos: 3,074190 €.

c) Parasitológicos 6,307830 €.

d) Físico-Químicos: 6,307830 €.

e) Clínicos: 6,307830 €.

f) Necropsias: 13,329995 €.

De 6 a 15 muestras:

Serológicos: 2,493793 €.

16 a 50 muestras:

Serológicos: 1,875128 €.

De 51 muestras en adelante:

a) Bacteriológicos: 3,074190 €.

b) Serológicos: 1,358511 €.

c) Parasitológicos: 3,074190 €.

d) Físico-Químicos: 3,074190 €.

e) Clínicos: 3,074190 €.

f) Necropsias: 12,392431 €.

3. Reconocimiento facultativo de animales domésticos y expedición de certificaciones de aptitud, por cada animal: 5,765701 €.

4. Inspección y comprobación anual de las delegaciones y depósitos de los productos biológicos destinados a prevenir y combatir las enfermedades infecto-contagiosas y parasitarias de los animales, por cada delegación o depósito: 14,975517 €.

5. Apertura de centros de aprovechamiento de cadáveres animales, vigilancia anual y análisis, por cada centro: 14,975517 €.

6. Diligencia del Libro de registro de explotación ganadera y medios de transporte: 1,60 €.

7. Inspección sanitaria periódica de las paradas y centros de inseminación artificial, así como los sementales del mismo:

a) Equino, por cabeza: 4,407189 €.

b) Bovino, por cabeza: 3,424979 €.

c) Porcino, por cabeza: 0,982210 €.

8. Reconocimientos sanitarios de las hembras domésticas presentadas a la monta natural e inseminación artificial de paradas o centros:

a) Equino, por cabeza: 1,435047 €.

b) Bovino-lechera, por cabeza: 0,593152 €.

c) Bovino-otros, por cabeza: 0,280631 €.

d) Porcino, por cabeza: 0,178584 €.

9. Servicios relativos a la apertura y el registro de los centros de inseminación artificial ganadera: 12,826135 €.

10. Servicios facultativos relacionados con la Intervención y fiscalización del movimiento intracomunitario de animales: 24,73 €.

11. Estudios referentes a la redacción de proyectos y peritaciones a petición de parte: 1% de su valor

12. Expedición certificado sanitario movimiento de animales:

1. Se aplicará una cuota fija por cabeza y especies:

a) Porcino para vida: 0,015000 €.

b) Porcino para sacrificio: 0,015000 €.

c) Especies menores: 0,015000 €.

d) Especies mayores: 0,152500 €.

e) Apícola (por colmena): 0,011218 €.

f) Avícola Broilers: 0,001160 €.

g) Avícola pollitos de un día: 0,001160 €.

h) Conejos: 0,01 €.

2. Se aplicará una cuota fija por partida de:

a) Alevines (acuicultura): 7,93 €.

b) Huevos embrionados: 7,93 €.

13. Servicios facultativos de aplicación de productos biológicos, otros productos zoosanitarios e inspección post-vacunal, correspondientes a las campañas de tratamiento sanitario:

a) Perros y felinos, por cabeza: 3,845926 €.

b) Porcino de cebo, por cabeza: 0,059633 €.

c) Porcino de reproducción, por cabeza: 0,184961 €.

d) Rumiantes menores, por cabeza: 0,630464 €.

e) Rumiantes mayores, por cabeza: 1,913396 €.

f) Abejas (por colmena) por cabeza: 0,325277 €.

g) Aves y conejos, por cabeza: 0,012118 €.

14. Expedición de talonarios de documentos para el traslado de ganado, por documento: 0,383955 €.

15. Servicios facultativos relacionados con la intervención y fiscalización de movimiento de ganado y dependencias en manifestaciones públicas:

a) Corridas de toros, por servicio: 87,218992 €.

b) Concursos, exhibiciones, concentraciones de équidos, por servicio: 87,218992 €.

c) Ferias, exposiciones, etc., por servicio: 61,062862 €.

16. Autorización e inscripción de explotaciones de animales en registros oficiales y cambios de titularidad, sin actuación facultativa de campo: 37,71 €.

17. Autorización e inscripción de explotaciones de animales en el correspondiente registro oficial, con actuación facultativa de campo: 134,61 €.

18. Inspección facultativa previa a la instalación o modificación de explotaciones ganaderas: 98,58 €.

19. Inspecciones no comprendidas en los anteriores apartados, realizados a petición de parte, por hora o fracción: 24,49 €.

20. Habilitación o autorización de veterinarios: 38,82 €.

21. Autorización y registro de transportistas: 39,77 €.

22. Autorización y registro medios de transporte con actuación facultativa de campo: 75,33 €.

23. Autorización y registro de medios de transportes sin actuación facultativa de campo: 12,83 €..

24. Autorización e inscripción de centros de limpieza y desinfección de vehículos destinados al transporte por carretera en el sector ganadero: 87,10 €.

25. (Suprimido).

26. Certificados sanitarios en materia de exportación de productos a terceros países: 40,21 €.

27. Emisión y expedición del documento de identificación bovina (DIB): 0,035000 €/unidad.

28. Autorización e inscripción de explotaciones de animales en registros oficiales, con el trámite previo de autorización ambiental por parte del órgano sustantivo: 253,65 €.

29. Identificación de animales realizadas por los servicios veterinarios oficiales: Cuota fija: 53,06 €.

A dicha cantidad se sumará:

a) Material de identificación: ovino, caprino o equino 1,20 €/unidad.

b) Material de identificación resto de especies: 0,20 €/unidad.

30. Autorización del libro registro informatizado: 37,82 €.

31. Utilización de las bases de datos informatizadas por usuarios externos (veterinarios habilitados), cuota anual: 107,14 €.

32. Cambio de titular del documento de identificación equina (DIE): 12,82 €.

33. Autorización e inscripción de los cambios de orientación productiva de las explotaciones ganaderas: 98,58 €.

34. Edición y distribución de etiquetas de la letra Q: 10,21 €/ unidad.

35. Emisión y distribución de Tarjeta de Movimiento Equina (TME): 30 €/unidad.

Se modifican los apartados 6, 12, 23 y 27 por el art. 59.8 de la Ley 14/2018, de 26 de diciembre. Ref. BOE-A-2019-2039

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 2019-01-01.

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Este precepto ha tenido 4 redacciones. La redacción vigente la dio BOE-A-2019-2039.

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