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Decreto-ley Vigente

Artículo 4.bis. Trámites extraordinarios de emergencia habitacional.

Artículo 4 bis del Decreto-ley 1/2024, de 19 de febrero, de medidas urgentes en materia de vivienda. · BOE-A-2024-14312

Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2025-04-23.

Texto consolidado

La aplicación de las medidas establecidas en los artículos 4 y 5 requerirá que el Ayuntamiento identifique de manera motivada conforme a la norma básica estatal el suelo susceptible de acoger vivienda protegida.

El Pleno, previa información pública por plazo de siete días, sin más trámite ni informes, acordará sobre la medida.

Dicho acuerdo será publicado en el Boletín Oficial de la Provincia y se incorporará al planeamiento afectado en la primera modificación sustancial que se tramite.#df-2

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 2025-04-23.

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