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Decreto Legislativo Vigente

Artículo 4.14-4. Cuota.

Artículo 4.14-4 del Decreto Legislativo 3/2008, de 25 de junio, por el que se aprueba el Texto refundido de la Ley de tasas y precios públicos de la Generalidad de Cataluña. · DOGC-f-2008-90017

Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2014-01-31.

Texto consolidado

La cuota de la tasa es de 10,50 euros por hectárea incluida en el ámbito del plan de aplicación aérea.

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 2014-01-31.

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