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Orden Vigente

Artículo 39. Distintivo de nacionalidad.

Artículo 39 de la Orden PCM/208/2023, de 2 de marzo, por la que se aprueban las normas de uniformidad de la Guardia Civil. · BOE-A-2023-5703

Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2023-03-24.

Texto consolidado

1. Indica la pertenencia de quien lo porte a la Guardia Civil española, facilitando así su identificación.

2. El distintivo se ostentará sobre el uniforme de servicio, así como sobre los uniformes específicos en que así se determine.

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 2023-03-24.

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