Artículo 39. Responsabilidad.
Artículo 39 de la Ley 9/2022, de 30 de junio, de protección de los animales domésticos. · BOE-A-2022-14086
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2022-08-18.
Texto consolidado
1. Serán responsables de las infracciones tipificadas en la presente ley las personas físicas o jurídicas que, por acción u omisión, infrinjan los preceptos contenidos en esta ley y en las normas que la desarrollen.
2. Cuando el cumplimiento de las obligaciones previstas en esta ley corresponda a varias personas conjuntamente, o si la infracción fuera imputable a varias personas y no fuera posible determinar el grado de participación de cada una de ellas, responderán solidariamente de las infracciones que se cometan y, en su caso, de las sanciones que se impongan. Asimismo, serán responsables subsidiarias de las sanciones impuestas a las personas jurídicas que hayan cesado en su actividad quienes ocuparan el cargo de administrador o apoderado general de la entidad en el momento de cometerse la infracción.