Artículo 39. Órganos competentes.
Artículo 39 de la Ley 5/2012, de 15 de junio, de bibliotecas de Galicia. · BOE-A-2012-9061
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2012-07-17.
Texto consolidado
La competencia para la imposición de las sanciones previstas en el artículo anterior le corresponde:
a) A la persona titular del centro directivo competente en materia de bibliotecas: sanciones de hasta 6.000 euros.
b) A la persona titular de la consejería competente en materia de bibliotecas: sanciones comprendidas entre 6.001 euros y 60.000 euros.
c) Al Consejo de la Xunta de Galicia: sanciones superiores a 60.001 euros.