Artículo 39. Ejecución de los acuerdos alcanzados y tribunales competentes para la ejecución de los acuerdos de mediación.
Artículo 39 de la Ley 24/2018, de 5 de diciembre, de mediación de la Comunitat Valenciana. · BOE-A-2019-966
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2019-03-07.
Texto consolidado
La atribución de carácter ejecutivo a los acuerdos de mediación alcanzados y la determinación de los tribunales competentes para la ejecución de los mismos se regirán por lo dispuesto en la legislación del Estado.