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Ley Derogada

Artículo 39. Registro de producción y gestión de residuos.

Artículo 39 de la Ley 22/2011, de 28 de julio, de residuos y suelos contaminados. · BOE-A-2011-13046

Atención: Ley 22/2011 está derogada — este texto se muestra a efectos históricos y de consulta.

Texto consolidado

1. Las comunicaciones y autorizaciones que deriven de esta Ley y sus normas de desarrollo se inscribirán por las Comunidades Autónomas en sus respectivos registros. Esta información se incorporará al Registro de producción y gestión de residuos que será compartido y único en todo el territorio nacional. A los efectos de esta Ley las empresas cuya comunicación o autorización esté inscrita en el Registro tendrán la consideración de entidades o empresas registradas.

El Registro de producción y gestión de residuos se desarrollará reglamentariamente previa consulta a las Comunidades Autónomas y será público en los términos que se establezcan.

2. Cuando sea posible la información registrada por un órgano competente será utilizada por otra administración pública en sus registros con el fin de reducir las cargas administrativas.

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 2011-07-30.

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