Artículo 39. Recursos administrativos y reclamaciones.
Artículo 39 de la Ley 15/2002, de 27 de junio, de Ordenación Vitivinícola. · BOE-A-2002-14986
Atención: Ley 15/2002 está derogada — este texto se muestra a efectos históricos y de consulta.
Texto consolidado
1. Corresponde al presidente o presidenta del Instituto Catalán de la Viña y el Vino la competencia para resolver los recursos de alzada contra los actos del director o directora.
2. Corresponde al presidente o presidenta la competencia para resolver las reclamaciones previas en materia civil y laboral.
3. Los actos dictados por el presidente o presidenta agotan la vía administrativa.
4. Corresponde al consejero o consejera competente en materia de agricultura la resolución de los recursos de alzada contra los actos administrativos dictados por el presidente o presidenta de la comisión rectora de los consejos reguladores.