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Ley Derogada

Artículo 39. Recursos administrativos y reclamaciones.

Artículo 39 de la Ley 15/2002, de 27 de junio, de Ordenación Vitivinícola. · BOE-A-2002-14986

Atención: Ley 15/2002 está derogada — este texto se muestra a efectos históricos y de consulta.

Texto consolidado

1. Corresponde al presidente o presidenta del Instituto Catalán de la Viña y el Vino la competencia para resolver los recursos de alzada contra los actos del director o directora.

2. Corresponde al presidente o presidenta la competencia para resolver las reclamaciones previas en materia civil y laboral.

3. Los actos dictados por el presidente o presidenta agotan la vía administrativa.

4. Corresponde al consejero o consejera competente en materia de agricultura la resolución de los recursos de alzada contra los actos administrativos dictados por el presidente o presidenta de la comisión rectora de los consejos reguladores.

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 2002-10-09.

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