Artículo 39. Organizaciones no gubernamentales y entidades sociales.
Artículo 39 de la Ley 11/2010, de 17 de diciembre, de prevención del consumo de bebidas alcohólicas en menores de edad. · BOE-A-2011-1647
Atención: Ley 11/2010 está derogada — este texto se muestra a efectos históricos y de consulta.
Texto consolidado
1. El principio de corresponsabilidad social debe impregnar la coordinación de las actuaciones sobre la problemática asociada al consumo de bebidas alcohólicas por menores de edad, entre las diversas instancias administrativas y la sociedad civil, que han de seguir tomando un papel activo para el correcto abordaje de esta problemática.
2. La Administración autonómica fomentará y apoyará las iniciativas sociales y la colaboración con las organizaciones no gubernamentales y entidades sociales, considerando su importante papel en esta materia.
3. Serán ámbitos preferentes de actuación de las organizaciones no gubernamentales y entidades sociales:
a) La concienciación social acerca de la problemática del consumo de bebidas alcohólicas en menores de edad.
b) La prevención en el ámbito comunitario.
4. A los efectos de voluntariado social, se cumplirá lo establecido en el artículo 27 de la Ley 8/2008, de salud de Galicia.