Artículo 39
Artículo 39 de la Ley 10/1990, de 15 de octubre, del Deporte. · BOE-A-1990-25037
Atención: Ley 10/1990 está derogada — este texto se muestra a efectos históricos y de consulta.
Texto consolidado
Las Federaciones deportivas españolas deberán obtener autorización del Consejo Superior de Deportes, para solicitar, comprometer u organizar actividades y competiciones deportivas oficiales de carácter internacional.