Artículo 39. Prescripción de las infracciones y sanciones.
Artículo 39 de la Ley 1/2015, de 12 de febrero, del Servicio Regional de Mediación Social y Familiar de Castilla-La Mancha. · BOE-A-2015-6875
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2015-03-15.
Texto consolidado
1. Las infracciones contempladas en la presente ley prescribirán a los seis meses si son leves, a los dos años si son graves y a los cuatro años si son muy graves, a contar desde el día en que fueran cometidas.
2. Las sanciones impuestas por infracciones leves prescribirán al año, las graves a los dos años y las muy graves a los tres años, a contar desde el día siguiente a aquel en que adquiera firmeza la resolución por la que se impuso la sanción.