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Real Decreto Vigente

Artículo 389.

Artículo 389 del Real Decreto 1201/1981, de 8 de mayo, por el que se aprueba el Reglamento Penitenciario. · BOE-A-1981-14095

Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 1981-07-23.

Texto consolidado

Las facturas originales de todas las compras hechas por el Economato llevarán la conformidad del funcionario encargado del mismo, la firma del Administrador y el visto bueno del Director y se unirán al duplicado de las cuentas que se rindan a la Dirección General.

Igualmente, los balances y estados de existencias que se formalicen deberán suscribirse por los mismos funcionarios.

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 1981-07-23.

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