Artículo 388 septquadragies. Cuantía.
Artículo 388 septquadragies de la Ley 11/1998, de 14 de diciembre, sobre el Régimen Específico de Tasas de la Comunidad Autónoma de las Islas Baleares. · BOE-A-1999-2944
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2015-01-01.
Texto consolidado
La cuota tributaria de la presente tasa se fijará de acuerdo con las siguientes tarifas:
Concepto
Tramitación presencial
Tramitación telemática
1
Comunicación de la primera puesta en el mercado de los productos alimenticios destinados a una alimentación especial.
81,42 €
69,53 €
2
Comunicación inicial de aguas minerales naturales.
81,42 €
69,53 €
3
Cambio de titular del producto alimenticio o de las aguas minerales naturales.
25,00 €
18,48 €
4
Cambio de nombre comercial del producto alimenticio o de las aguas minerales naturales.
5
Otros cambios de etiquetado.#ddunica
Téngase en cuenta que estos artículos ya fueron derogados por el Decreto-ley 7/2012, de 15 de junio. Ref. BOIB-i-2012-90030
Se deroga por la disposición derogatoria única.3 del Decreto-ley 7/2012, de 15 de junio. Ref. BOIB-i-2012-90030
Redacciones de este artículo
Este precepto ha tenido 4 redacciones. La redacción vigente la dio BOE-A-2015-1059.