Artículo 388. Cuota tributaria.
Artículo 388 de la Ley 9/2012, de 29 de noviembre, de Tasas y Precios Públicos de Castilla-La Mancha y otras medidas tributarias. · BOE-A-2013-2558
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2021-07-01.
Texto consolidado
La tasa se exigirá de acuerdo con las siguientes tarifas:
Tarifa 1. Por la tramitación de expedientes de inscripción en el Registro: 50,00 euros.
Tarifa 2. Por la cancelación de una inscripción a instancia de parte: 25,00 euros.
Se suprime la tarifa 3 por la disposición final 7.1 de la Ley 4/2021, de 25 de junio. Ref. BOE-A-2021-18038#df-7
Redacciones de este artículo
Este precepto ha tenido 2 redacciones. La redacción vigente la dio Ley 4/2021, de 25 de junio, de Medidas Urgentes de Agilización y Simplificación de Procedimientos para la Gestión y Ejecución de los Fondos Europeos de Recuperación..