Artículo 38. Nombramiento y régimen del Gobernador.
Artículo 38 de la Resolución de 28 de marzo de 2000, del Consejo de Gobierno del Banco de España, por la que se aprueba el Reglamento Interno del Banco de España. · BOE-A-2000-6533
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2000-04-10.
Texto consolidado
1. El Gobernador es nombrado por el Rey, a propuesta del Presidente del Gobierno.
2. El mandato del Gobernador tiene una duración de seis años, sin posible renovación.
3. La dedicación del Gobernador tiene carácter exclusivo y excluyente de cualquier otra.