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Real Decreto Derogada

Artículo 38. Contabilidad e intervención.

Artículo 38 del Real Decreto 709/2002, de 19 de julio, por el que se aprueba el Estatuto de la Agencia Española de Seguridad Alimentaria. · BOE-A-2002-15091

Atención: Real Decreto 709/2002 está derogada — este texto se muestra a efectos históricos y de consulta.

Texto consolidado

1. De acuerdo con lo establecido en el artículo 9.2 de la Ley 11/2001, de 5 de julio, la Agencia Española de Seguridad Alimentaria estará sometida al régimen de contabilidad pública.

2. En cumplimiento de lo dispuesto en los artículos 8 y 9.1 de la Ley 11/2001, de 5 de julio, la Agencia Española de Seguridad Alimentaria estará sometida a control por la Intervención General de la Administración del Estado, en la forma prevista en la Ley General Presupuestaria para los organismos autónomos, existiendo una Intervención Delegada de la Intervención General de la Administración del Estado con el nivel que se determine en la correspondiente relación de puestos de trabajo.

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 2002-07-27.

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