Artículo 38. Instituciones de mediación.
Artículo 38 de la Ley Foral 4/2023, de 9 de marzo, de justicia restaurativa, mediación y prácticas restaurativas comunitarias. · BOE-A-2023-8479
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2023-03-22.
Texto consolidado
1. El Gobierno de Navarra velará por que las personas e instituciones de mediación que actúen en Navarra respeten, en el desarrollo de sus actividades, los principios de la mediación establecidos en la legislación estatal y en esta ley foral, en la forma que establezcan sus normas reguladoras.
2. Con este sentido, se establecerá un Registro de Mediación de Navarra, de carácter voluntario e informativo, que será gestionado por el departamento con competencias en justicia.