Artículo 38. Consejo Asesor del Emprendimiento de Aragón.
Artículo 38 de la Ley 7/2019, de 29 de marzo, de apoyo y fomento del emprendimiento y del trabajo autónomo en Aragón. · BOE-A-2019-7787
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2019-05-02.
Texto consolidado
1. El Consejo Asesor del Emprendimiento de Aragón será el órgano que asistirá a la Comunidad Autónoma en la elaboración de las políticas de emprendimiento, y estará constituido conforme determine el departamento competente del Gobierno de Aragón.
2. El Consejo Asesor del Emprendimiento de Aragón se constituye como un órgano de consulta y asesoramiento en materia de impulso de las políticas de apoyo a los emprendedores, microempresas, pymes y economía social y, especialmente, tendrá por objeto evaluar sus necesidades de presente y futuro, e informar, así como proponer, medidas de fomento y de apoyo al emprendimiento.
3. El funcionamiento del Consejo Asesor del Emprendimiento de Aragón no supondrá incremento de gasto público.