Artículo 38. Enseñanza universitaria.
Artículo 38 de la Ley 7/2018, de 31 de julio, de promoción de la seguridad y la salud en el trabajo en las Illes Balears. · BOE-A-2018-13192
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2018-08-08.
Texto consolidado
1. Dentro del marco que fija la normativa estatal y respetando la autonomía universitaria, la comunidad autónoma de las Illes Balears tiene que promover la impartición de enseñanzas conducentes a la obtención de títulos oficiales de grado o postgrado en materia de prevención de riesgos laborales en la Universidad de las Illes Balears (UIB). Específicamente, se tiene que fomentar la elaboración y difusión de proyectos docentes o de investigación en materia de seguridad y salud en el trabajo.
2. Dentro del ámbito de sus respectivas competencias, la comunidad autónoma y la UIB tienen que procurar promover la difusión y ampliación de contenidos sobre la materia de prevención de riesgos laborales en las titulaciones académicas que presentan una relación más estrecha con el ámbito de seguridad y salud laboral. Asimismo, tienen que promover los contenidos preventivos de seguridad y salud en los programas reglados de postgrado relacionados con el ámbito de esta ley.