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Ley Vigente

Artículo 38. Determinación inicial de las pensiones no contributivas de la Seguridad Social.

Artículo 38 de la Ley 52/2002, de 30 de diciembre, de Presupuestos Generales del Estado para el año 2003. · BOE-A-2002-25411

Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2003-01-01.

Texto consolidado

Para el año 2003, la cuantía de las pensiones de jubilación e invalidez de la Seguridad Social, en su modalidad no contributiva, se fijará en 3.762,78 euros íntegros anuales.

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 2003-01-01.

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