Artículo 38. Medios de comunicación social.
Artículo 38 de la Ley 5/2019, de 9 de abril, de la Lectura y de las Bibliotecas de Canarias. · BOE-A-2019-6773
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2019-04-23.
Texto consolidado
1. Las administraciones públicas cooperarán con los medios de comunicación social de Canarias, en la producción de programas de difusión del libro, la lectura y la creación literaria.
2. Las administraciones públicas desarrollarán campañas de sensibilización y fomento de la lectura a través de los medios de comunicación social de Canarias.
3. La radio televisión pública de Canarias promoverá la realización de campañas y programas específicos de fomento del libro y de la lectura, con especial atención a los de contenidos o autores canarios.