Artículo 38. Comisión Interministerial para el Medio Rural.
Artículo 38 de la Ley 45/2007, de 13 de diciembre, para el desarrollo sostenible del medio rural. · BOE-A-2007-21493
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2008-01-03.
Texto consolidado
La Comisión Interministerial para el Medio Rural es el órgano colegiado responsable de dirigir y coordinar la acción de los distintos departamentos ministeriales en relación con el medio rural y, en particular, las medidas de desarrollo rural reguladas en esta Ley.
Su composición y funcionamiento se determinarán reglamentariamente.