El Vínculo El Vínculo.
Ley Vigente

Artículo 38. Objeto y funciones.

Artículo 38 de la Ley 4/2020, de 10 de julio, de Fomento y Coordinación del Sistema de Investigación, Desarrollo e Innovación de Castilla-La Mancha. · BOE-A-2020-12769

Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2020-08-09.

Texto consolidado

1. Corresponde a la Agencia de Investigación e Innovación de Castilla-La Mancha el ejercicio de las competencias que se le asignen desde la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha en materia de investigación, desarrollo tecnológico e innovación, sin perjuicio y/o menoscabo de las competencias atribuidas por la legislación básica del Estado y de Castilla-La Mancha a otros entes regionales del sistema regional de I+D+i.

2. Podrán ser funciones de la Agencia de Investigación e Innovación de Castilla-La Mancha las que se recojan de forma más detallada en su estatuto propio de acuerdo en todo caso con las siguientes definiciones:

a) La gestión de los programas, instrumentos y actuaciones que se le adjudiquen en el marco de los Planes o Estrategias Regionales de I+D+i o cualquier otro que le sea asignado por la Administración Regional o los que deriven de los convenios de colaboración celebrados con otras entidades o de otras actuaciones, mediante la asignación equitativa de recursos disponibles.

b) La gestión económica y presupuestaria y el control económico-financiero de los instrumentos y actuaciones que le correspondan.

c) La organización y gestión de la evaluación científico-técnica ex ante y ex post de las propuestas, actuaciones o iniciativas cuando proceda utilizar criterios de evaluación basados en méritos científicos y técnicos internacionalmente reconocidos así como aquellos criterios que establezcan las correspondientes convocatorias, bien con medios propios o conviniendo actuaciones o contratos con otros organismos regionales, nacionales o internacionales con capacidad para llevarla a cabo.

d) La verificación, seguimiento y evaluación posterior de las actividades financiadas por la Agencia de Investigación e Innovación de Castilla-La Mancha y su impacto científico, técnico y socio-económico, así como el control de la justificación del cumplimiento de las condiciones y objetivos de las ayudas recibidas.

e) La difusión y comunicación de los resultados de sus actividades y de los resultados de la investigación financiada por la Agencia de Investigación e Innovación de Castilla-La Mancha.

f) El seguimiento de la gestión, financiación, justificación y resultados de cuantas actuaciones sean directamente ejecutadas por la Agencia de Investigación e Innovación de Castilla-La Mancha así como el asesoramiento sobre las mismas.

g) La gestión de las actuaciones destinadas a fomentar la colaboración, intercambio, circulación, difusión y explotación del conocimiento científico y técnico y la innovación entre los agentes del sistema regional de I+D+i.

h) El mantenimiento, actualización y difusión, en coordinación con otros agentes del sistema regional de I+D+i de servicios de vigilancia tecnológica, manteniendo una base de datos relativa a investigadores regionales y empresas innovadoras así como los proyectos ejecutados por ambos colectivos regionales, de forma individual o en consorcio, independientemente de la fuente de financiación de los mismos.

i) El apoyo a las gestiones realizadas por los agentes del sistema regional de I+D+i orientadas a la protección y explotación de los resultados de la investigación, especialmente con la Oficina Española de Patentes y Marcas.

j) La participación, colaboración y asesoramiento en reuniones y foros nacionales e internacionales relacionados con las materias propias a su objeto y fines.

k) La promoción, coordinación y difusión de las actividades de divulgación científica llevadas a cabo por los distintos agentes regionales.

l) La elaboración, propuesta, coordinación, ejecución y control de los planes de sensibilización, divulgación y formación en materia de ciencia y tecnología, promovidos por el Gobierno Regional.

m) La propuesta, impulso y gestión de convenios o acuerdos con entidades financieras para el desarrollo de programas de investigación científica, desarrollo tecnológico e innovación.

n) La realización de las actividades o la prestación de los servicios que le sean encomendados por la Administración Regional, o en virtud de contratos, convenios y en general negocios jurídicos, por otras entidades.

o) La gestión de las actuaciones de I+D+i co-financiadas con fondos europeos y de las resultantes de la participación regional en programas nacionales o internacionales.

p) Cualquier otra función que le sea encomendada.

3. Para el cumplimiento de sus funciones la Agencia de Investigación e Innovación de Castilla-La Mancha podrá recabar la colaboración de otros agentes del sistema regional de I+D+i, que puedan facilitar sus cometidos.

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 2020-08-09.

Más artículos de Ley 4/2020

En El Vínculo puedes leer Ley 4/2020 artículo a artículo, ver qué decía cada precepto en una fecha pasada y preguntarle a la IA sobre su contenido.