Artículo 38. Finalidad.
Artículo 38 de la Ley 4/2003, de 26 de marzo, de Conservación de Espacios Naturales de La Rioja. · BOE-A-2003-7528
Atención: Ley 4/2003 está derogada — este texto se muestra a efectos históricos y de consulta.
Texto consolidado
1. Los Planes Rectores de Uso y Gestión son los instrumentos básicos de gestión de los Parques Naturales y constituyen el marco general en el que han de desenvolverse las actividades directamente ligadas al uso y gestión de dichos espacios y, en particular, la investigación, el uso público y la conservación, protección y mejora de los valores ambientales existentes en dichos espacios.
2. Los Planes Rectores de Uso y Gestión tendrán como finalidad establecer los objetivos y los criterios de uso y gestión a desarrollar en los Parques Naturales en los que se apliquen.