Artículo 38. Financiación electoral.
Artículo 38 de la Ley 3/2022, de 14 de junio, de Entidades Locales Menores. · BOE-A-2022-12386
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2022-06-22.
Texto consolidado
El Gobierno de Cantabria no concederá subvenciones por gastos electorales, derivados de los procesos electorales a entidades locales menores, a los partidos políticos, federaciones, coaliciones o agrupaciones de electores.