Artículo 38. Personal.
Artículo 38 de la Ley 22/2002, de 12 de julio, de Cofradías de Pescadores. · BOE-A-2002-15890
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2002-08-13.
Texto consolidado
Para el cumplimiento de las funciones que tienen asignadas, las cofradías de pescadores disponen del personal laboral propio que contraten con cargo a sus presupuestos.