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Ley Vigente

Artículo 38. Personal.

Artículo 38 de la Ley 22/2002, de 12 de julio, de Cofradías de Pescadores. · BOE-A-2002-15890

Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2002-08-13.

Texto consolidado

Para el cumplimiento de las funciones que tienen asignadas, las cofradías de pescadores disponen del personal laboral propio que contraten con cargo a sus presupuestos.

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 2002-08-13.

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