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Ley Derogada

Artículo 38. Personal.

Artículo 38 de la Ley 2/2005, de 18 de febrero, de promoción y defensa de la calidad alimentaria gallega. · BOE-A-2005-6225

Atención: Ley 2/2005 está derogada — este texto se muestra a efectos históricos y de consulta.

Texto consolidado

1. El personal del Ingacal podrá ser contratado en régimen de derecho laboral o ser funcionario o asimilado al servicio de la administración de la Xunta de Galicia adscrito al instituto.

2. Pertenecer al consejo de dirección no generará derechos laborales.

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 2005-03-12.

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