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Ley Vigente

Artículo 38. Determinación inicial de las pensiones no contributivas de la Seguridad Social.

Artículo 38 de la Ley 2/2004, de 27 de diciembre, de Presupuestos Generales del Estado para el año 2005. · BOE-A-2004-21688

Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2005-01-01.

Texto consolidado

Para el año 2005, la cuantía de las pensiones de jubilación e invalidez de la Seguridad Social, en su modalidad no contributiva, se fijará en 4.043,06 euros íntegros anuales.

Redactado el artículo conforme al Real Decreto-ley 11/2004, de 23 de diciembre, publicado el mismo día. Ref. BOE-A-2004-21690. Para ver la redacción original consúltese el formato PDF.

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 2005-01-01.

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