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Ley Vigente 2 redacciones

Artículo 38. Planes territoriales de juventud.

Artículo 38 de la Ley 15/2017, de 10 de noviembre, de políticas integrales de juventud. · BOE-A-2017-15372

Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2020-01-01.

Texto consolidado

1. Los planes territoriales de juventud son el conjunto de actuaciones plurianuales, integradas en la Estrategia valenciana de juventud, que deben establecer medidas relativas a los ámbitos específicos en materia de juventud.

2. Estos planes territoriales pueden ser municipales o supramunicipales.

3. Los municipios o las entidades locales supramunicipales elaborarán los planes territoriales de juventud, en todo caso con la interlocución de las personas jóvenes, y de los consejos locales o territoriales de la juventud en sus respectivos ámbitos si los hubiere.

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 2020-01-01.

Redacciones de este artículo

Este precepto ha tenido 2 redacciones. La redacción vigente la dio BOE-A-2020-1010.

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