Artículo 37. Designación del administrador.
Artículo 37 del Real Decreto 83/1996, de 26 de enero, por el que se aprueba el Reglamento orgánico de los institutos de educación secundaria. · BOE-A-1996-3834
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 1996-02-22.
Texto consolidado
1. En los institutos de educación secundaria que el Ministerio de Educación y Ciencia determine, existirá un administrador quien, bajo la dependencia directa del director del mismo, asumirá las competencias establecidas en el artículo 38 de este Reglamento. En estos institutos no existirá secretario.
2. El Ministro de Educación y Ciencia seleccionará a los administradores de acuerdo con los principios de mérito y capacidad entre quienes acrediten la preparación adecuada para ejercer las funciones que le corresponden, de acuerdo con el artículo siguiente.