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Ley Foral Vigente

Artículo 37. Federación de Cajas: Fines.

Artículo 37 de la Ley Foral 7/1987, de 21 de abril, de órganos rectores de las Cajas de Ahorro de Navarra. · BOE-A-1987-13785

Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 1987-05-17.

Texto consolidado

Las Cajas de Ahorro con domicilio social en Navarra podrán agruparse en una Federación, que poseerá personalidad jurídica propia, con la finalidad de unificar su representación y colaboración con los poderes públicos territoriales, así como la prestación de servicios técnicos y financieros comunes a las Entidades que abarque su ámbito.

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 1987-05-17.

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