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Ley Derogada

Artículo 37. Entrega de obras.

Artículo 37 de la Ley 8/2002, de 5 de diciembre, de Ordenación y Modernización de las Estructuras Agrarias de la Comunidad Valenciana. · BOE-A-2003-614

Atención: Ley 8/2002 está derogada — este texto se muestra a efectos históricos y de consulta.

Texto consolidado

Las obras una vez terminadas deberán entregarse a los ayuntamientos o demás entidades a quienes corresponda.

El acuerdo del órgano competente en materia de estructuras agrarias resolviendo sobre la entrega de las obras será inmediatamente ejecutivo, dando lugar al nacimiento de las obligaciones derivadas de la entrega, sin perjuicio de los recursos legalmente establecidos.

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 2002-12-12.

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