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Ley Vigente

Artículo 37. Información.

Artículo 37 de la Ley 15/1999, de 16 de diciembre, de Cajas de Ahorros de Andalucía. · BOE-A-2000-1011

Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 1999-12-29.

Texto consolidado

Las Cajas de Ahorros con domicilio social en Andalucía, facilitarán a la Consejería de Economía y Hacienda cuanta información y documentación les sea solicitada sobre su actividad, gestión y situación económica.

Igualmente, las Cajas de Ahorros domiciliadas en otras Comunidades Autónomas y que tengan oficinas en Andalucía están obligadas a facilitar a la Consejería de Economía y Hacienda cuanta información se les solicite en relación con las actividades y operaciones realizadas en la Comunidad Autónoma.

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 1999-12-29.

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