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Ley Vigente

Artículo 37. Plataforma de licitación electrónica de la Junta de Extremadura.

Artículo 37 de la Ley 12/2018, de 26 de diciembre, de contratación pública socialmente responsable de Extremadura. · BOE-A-2019-1791

Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2019-01-01.

Texto consolidado

1. La Plataforma de Contratación del Sector Público, a través de su módulo de licitación electrónica, será el medio oficial para la presentación de ofertas y solicitudes de participación en las licitaciones de la Junta de Extremadura, sus organismos públicos y demás entidades dependientes o vinculadas a ella que tengan la consideración de poder adjudicador.

2. En la Plataforma de Contratación del Sector Público se podrá presentar toda la documentación correspondiente a las licitaciones en curso con garantía de confidencialidad hasta el momento de su apertura, se podrá establecer contacto con el órgano de contratación para llevar a cabo las subsanaciones o aclaraciones a la oferta que se soliciten por parte del mismo y se llevará a cabo la apertura pública de las ofertas cuando el procedimiento lo requiera.

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 2019-01-01.

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