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Ley Derogada

Artículo 37. Medidas de fomento en relación con los Lugares inscritos.

Artículo 37 de la Ley 1/2019, de 21 de enero, de memoria histórica y democrática de Extremadura. · BOE-A-2019-1936

Atención: Ley 1/2019 está derogada — este texto se muestra a efectos históricos y de consulta.

Texto consolidado

La Consejería competente en la materia objeto de la presente ley, en el marco de los planes de actuación que se acuerden en su caso, colaborará en la conservación, mantenimiento y rehabilitación de los Lugares de Memoria Histórica y Democrática de Extremadura.

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 2019-07-24.

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