Artículo 37.
Artículo 37 de la Ley 1/1983, de 14 de abril, del Gobierno y de la Administración Pública de la Comunidad Autónoma de Canarias. · BOE-A-1983-16452
Atención: Ley 1/1983 está derogada — este texto se muestra a efectos históricos y de consulta.
Texto consolidado
El ejercicio de la potestad reglamentaria del Vicepresidente y de los titulares de las Consejerías, se ejercerá en forma de Órdenes Departamentales.