Artículo 37.
Artículo 37 del Instrumento de Ratificación de España del Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos, hecho en Nueva York el 19 de diciembre de 1966. · BOE-A-1977-10733
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 1977-07-27.
Texto consolidado
1. El Secretario general de las Naciones Unidas convocará la primera reunión del Comité en la sede de las Naciones Unidas.
2. Después de su primera reunión el Comité se reunirá en las ocasiones que se prevean en su reglamento.
3. El Comité se reunirá normalmente en la sede de las Naciones Unidas o en la Oficina de las Naciones Unidas en Ginebra.