Artículo 37. Recursos.
Artículo 37 del Decreto Legislativo 2/2013, de 8 de enero, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley de creación de la Universidad Internacional de Andalucía. · BOJA-b-2013-90011
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2013-01-12.
Texto consolidado
Para el cumplimiento de sus fines, la UNIA contará con los siguientes recursos:
a) Las transferencias de financiación, tanto corrientes como de capital.
b) Los precios públicos, tasas y derechos.
c) Los rendimientos de las actividades universitarias
d) Otros ingresos.