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Ley Foral Vigente

Artículo 369. Subcomarcas.

Artículo 369 de la Ley Foral 6/1990, de 2 de julio, de la Administración Local de Navarra. · BOE-A-1990-19817

Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2019-02-07.

Texto consolidado

1. La ley foral de creación de cada comarca podrá contemplar, en los supuestos contemplados en la delimitación comarcal prevista en la disposición transitoria primera de la Ley Foral de Reforma de la Administración Local de Navarra, la existencia, dentro de la comarca, de una o dos subcomarcas cuando concurran características de orden social, geográfico o administrativo comunes sólo a una parte de los municipios de dicha comarca, que los diferencien claramente del resto, aunque sin llegar a dotarlos de cualidad suficiente como para constituir una comarca propia. Dichos municipios deberán tener continuidad territorial.

2. En tal caso, las comarcas contarán con uno o dos Consejos de subcomarcas, integrados por representantes de las entidades locales de su ámbito.

La Asamblea comarcal determinará, una vez constituida, el número y forma de elección de los miembros del Consejo de la subcomarca.

Dicho Consejo se dotará de Presidencia y habrá de reunirse en sesión ordinaria, al menos, cada tres meses.

3. El Consejo de la subcomarca podrá formular propuestas e iniciativas a la Asamblea comarcal, debiendo ser consultado de forma preceptiva y vinculante en aquellas materias que afecten significativamente al ámbito de los intereses de la subcomarca, de conformidad con lo que la ley foral de creación de la comarca establezca al efecto.

Dichas materias no podrán ser, en ningún caso, las referidas a las competencias comarcales de abastecimiento de agua a escala supramunicipal o en alta, ni de tratamiento de residuos a escala supramunicipal.

En particular, el Consejo de la subcomarca podrá formular propuestas y habrá de emitir informe preceptivo y vinculante en relación con la prestación directa por la comarca de los servicios contemplados en el artículo 366 de la presente ley foral, con excepción de los que afecten a la totalidad del ámbito comarcal.

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 2019-02-07.

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