Artículo 360. Hecho imponible.
Artículo 360 de la Ley 9/2012, de 29 de noviembre, de Tasas y Precios Públicos de Castilla-La Mancha y otras medidas tributarias. · BOE-A-2013-2558
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2012-12-02.
Texto consolidado
Constituye el hecho imponible de la tasa la prestación por los órganos administrativos competentes de los servicios administrativos que se enumeran en las tarifas, relativos a la inscripción en el Registro de fundaciones y a las actuaciones del protectorado de fundaciones.