Artículo 36. La Comisión Delegada.
Artículo 36 de la Resolución de 14 de febrero de 2011, de la Presidencia del Consejo Superior de Deportes, por la que se publican los Estatutos de la Real Federación Española de Caza. · BOE-A-2011-3756
Atención: BOE-A-2011-3756 está derogada — este texto se muestra a efectos históricos y de consulta.
Texto consolidado
La Comisión delegada de la Asamblea General de la RFEC, es un órgano colegiado de asistencia a ésta y constituida en su seno.
La Comisión Delegada se compondrá de doce miembros más el Presidente. Todos ellos lo serán previamente de la Asamblea General.
La composición por estamentos de la Comisión Delegada, será como sigue:
Presidentes de Federaciones territoriales: cuatro miembros.
Estamento de asociaciones y clubes deportivos: cuatro miembros.
Estamento de deportistas y jueces: cuatro miembros, de los cuales, tres corresponderán a los deportistas y uno a jueces y árbitros.