Artículo 36. Actividades de la Academia.
Artículo 36 del Real Decreto 378/2015, de 14 de mayo, por el que se crea la Academia de Psicología de España y se aprueban sus Estatutos. · BOE-A-2015-6104
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2015-06-03.
Texto consolidado
La Academia desarrollará las actividades que permitan el mejor cumplimiento de sus fines estatutarios. A este respecto realizará sesiones de trabajo, plenarias o sectoriales, elaborará informes y publicaciones, promoverá premios y concursos, y, en general, cuantas actividades resulten coherentes con su específica naturaleza.