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Real Decreto Derogada

Artículo 36. Participación en sociedades mercantiles o fundaciones.

Artículo 36 del Real Decreto 186/2008, de 8 de febrero, por el que se aprueba el Estatuto de la Agencia Estatal de Meteorología. · BOE-A-2008-2597

Atención: Real Decreto 186/2008 está derogada — este texto se muestra a efectos históricos y de consulta.

Texto consolidado

Para el mejor cumplimiento de sus fines y con un objeto acorde con sus objetivos, la Agencia, de acuerdo con lo que se establezca en el Contrato de gestión, podrá crear sociedades mercantiles o fundaciones, o participar en ellas. Será requisito imprescindible para lo anterior, la pertinente aprobación de la propuesta de creación o participación por parte del Consejo Rector. En su caso, deberá someterse a la autorización prevista en el artículo 169 de la Ley 33/2003, de 3 de noviembre, del Patrimonio de las Administraciones Públicas o en el artículo 45 de la Ley 50/2002, de 26 de diciembre, de Fundaciones, según se trate de sociedades mercantiles estatales o de fundaciones del sector público estatal.

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 2008-02-15.

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