Artículo 36. Financiación pública.
Artículo 36 de la Ley Foral 1/2019, de 15 de enero, de Derechos Culturales de Navarra. · BOE-A-2019-1541
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2019-01-26.
Texto consolidado
Para garantizar la financiación pública de la cultura, el Gobierno de Navarra, en la elaboración de los Presupuestos Generales, destinará al departamento competente en materia de cultura un crédito presupuestario adecuado aproximándose a la media de las regiones europeas que se asemejen a la Comunidad Foral de Navarra.